Industria

Reforma al Código de Aguas: Comisión Mixta logra consenso en artículos pendientes y proyecto está listo para su votación

La comisión presidida por la Senadora Adriana Muñoz logró acuerdos respecto de los artículos referidos a la protección de turberas, y de la manera en que aplicará la ley a nuevos y antiguos derechos de aguas.

Por: Claudia Saravia | Publicado: Miércoles 5 de enero de 2022 a las 19:00 hrs.
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Comisión Mixta por Reforma al Código de Aguas
Comisión Mixta por Reforma al Código de Aguas

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La Comisión Mixta conformada para abordar las discrepancias en torno a la discusión del proyecto de Reforma al Código de Aguas, finalmente zanjó los 18 artículos pendientes que obstaculizaban el avance de la iniciativa en el Congreso. Y en medio de una agitada jornada de conversaciones, los parlamentarios despacharon el proyecto que ahora pasará a manos de la Sala del Senado, y posteriormente a la Cámara de Diputados para su votación.

El proyecto lleva cerca de diez años de tramitación legislativa, y solo restaban dos puntos clave del Código de Aguas que hoy encontraron consenso entre los diputados y senadores: El artículo 47° referido a la protección de las turberas -y que prohíbe las obras de drenaje en ciertas zonas de Chile-, y el artículo 1° transitorio que especifica la manera en la cual los derechos de aprovechamiento se ajustarán a la nueva ley.

Este último punto fue por semanas uno de los más controvertidos, debido a que busca determinar la vigencia de los derechos de propiedad nuevos y/o antiguos conforme a las nuevas reglas de fiscalización por parte de la Dirección General de Aguas (DGA).

Tal como explicó la abogada Paula Elías Auad, socia de Elías Abogados y experta en temas de recursos hídricos, la principal discrepancia entre ambas cámaras del Congreso era que, por un lado, la de Diputados proponía "que los derechos de aprovechamiento reconocidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la reforma, seguirán estando vigentes, y podrán sus titulares usar, gozar y disponer de ellos en conformidad con la ley". Mientras que el Senado incorpora un texto en el que indican "que mantendrán su carácter de indefinidos en el tiempo", lo que no es contemplado por la Cámara Baja.

Artículos y consensos

De esta manera y tras casi dos horas de debate, la comisión presidida por la senadora Adriana Muñoz aprobó la incorporación de cambios a ambos puntos, a los cuales se les dio el visto bueno por unanimidad.

Respecto del artículo 47° referido a las turberas, se le agregó tres incisos nuevos. Uno de ellos, el 2°, señala que "no podrán construirse sistemas de drenaje en las zonas de turberas existentes e identificadas por el ministerio de Medio Ambiente (MMA) en el Inventario Nacional de Humedales en la provincia de Chiloé, y en las regiones de Aysén y de Magallanes y Antártica Chilena".

Y añade que la Dirección General de Aguas (DGA) "delimitará las áreas en las que se entenderán prohibidos los sistemas de drenajes".

Durante la discusión el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, se mostró de acuerdo con estos cambios e indicó que "el área de turberas que se incluye en el inventario (Nacional de Humedales) es gigantesca". "Son 3,1 millones de hectáreas, el 4,1% del total de la superficie del país", agregó.

Asimismo, al artículo 47° se le incorporaron otros dos incisos (3° y 4°), que establecen que la DGA será el organismo encargado de delimitar la zona protegida, de acuerdo a los datos del MMA; y además indican que de manera excepcional -y mediante una resolución medioambiental- se podrán realizar proyectos de obras de extracción. Esto, siempre y cuando permitan el flujo de aguas y aseguren el funcionamiento de dichos sistemas ecológicos.

Derechos de agua indefinidos

Otro de los artículos más complejos de concretar acuerdo fue el 1° transitorio. En medio de la jornada se presentó una propuesta elaborada por la senadora Muñoz y el diputado Diego Ibáñez que señalaba que tanto los derechos de aprovechamiento constituidos antes de la publicación de esta ley, como aquellos regulados por la administración actual, continuarán vigentes.

Y agregó que "estos derechos se extinguirán sólo conforme con lo dispuesto en los artículos 129 bis 4 y 129 bis 5". Es decir, en caso de no uso efectivo de los recursos hídricos, y que no estuviesen inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces.

Así, la frase "se extinguirán" generó polémica al interior de la sesión. Por su parte, el senador Jorge Pizarro arremetió contra este punto y argumentó que, bajo su juicio, se debía "mantener el carácter indefinido a los que ya tiene concesiones, o vamos a generar una situación de incertidumbre muy grande, sobre todo en sectores agrícolas".

Mientras que por su lado, el diputado Ibáñez señaló que "esta indicación intenta acercar las partes". Y dijo que en el código actual existe "una especie de titulares privilegiados y otros no privilegiados que serían los concesionarios nuevos".

Finalmente, la comisión llegó a un consenso y la frase "estos derechos sólo se extinguen conforme a" obtuvo el visto bueno por unanimidad.

A juicio de la abogado Paula Elías, "si bien se eliminó que estos derechos mantendrán su carácter de indefinidos en el tiempo, se establece de manera taxativa la manera en que ellos podrán extinguirse y caducar". 

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Y añade que "de las propuestas que se barajaron, esta es la que más certeza jurídica le otorga a los titulares de derechos de aprovechamiento pues las reglas quedan claras, que es lo que se requiere en estos tiempos".

Ahora, el proyecto debe pasar a la Sala del Senado y posteriormente a la cámara de origen, es decir, la de Diputados, para ser votado por mayoría simple y promulgado por el gobierno en curso.

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